Abril 28, 2026
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AFECTADOS PACIFIC DREAM

16 Ago 2010 20:29 #1276414 por admin
Respuesta de admin sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
Bueno, pues ya me he leído las 9 paginas. No quiero parecer borde (aunque ya cuento con que me acuseis de vendido), simplemente, son 7 años viendo este tipo de situaciones. Es muy doloroso que te cancelen un viaje en tus narices, es una putada que pierdas el dinero y el tiempo del desplazamiento, horrible ver a los hijos desilusionados... pero... vivimos en un país con una legislación para los viajes, y eso es lo que nos atañe a nosotros como consumidores y a las compañías como prestadoras de servicios.

En este caso la ley que regula el crucero es la ley de viajes combinados:
www.aedave.es/publico/info-legislacion/l...ecreto_libro_IV.shtm

Como ya señaló alguien paginas atrás, el contrato de prestación de servicios de Pullmantur, y de cualquier otro operador turístico como aerolíneas, etc... se descarga de responsabilidades en cuanto a transportes, estancias de hoteles, etc.. previos y posteriores al crucero, que no hayan sido contratados con ellos.

Respecto a la "indemnización", como sabéis, no se contempla en casos de fuerza mayor. El barco parece que va camino de un astillero a efectuar una reparación. Pullmantur tiene un buen plan de mantenimiento, pero.... llevar el coche a las revisiones no evita que se te estropee imprevisiblemente, no? pues... con el barco pasando una reparación en astillero, ¿de verdad creeis que un juez dentro de unos años (vease el caso del Sky Wonder del 2008 que mencionaron antes), va a determinar que no era fuerza mayor??

Que estais muy cabreados? si, que "Pullmantur tiene que pagar por lo que ha hecho"? conforme a la ley, y hasta donde parece, lo está haciendo. :)

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16 Ago 2010 21:28 #1276440 por ESMARNA
Respuesta de ESMARNA sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
Administrador:

En primer lugar decirte que estás en tu derecho como Administrador del Sitio de cerrar el post, si tu crees que no se ajusta a las normas.

2. Te refieres a un escrito que en el que comunica PULLMANTUR que es una averia imprevista. Tengo que decirte que era una averia conocida desde hace 1 mes, por muchos de los Foreros que aki nos manifestamos, y así se lo habíamos comunicado a la Naviera, para que realizara las reparaciones convenientes. Aún así añado a esto, que en el día de hoy se me ha comunicado por parte de mia Agencia de Seguros, que tiene un comunicado interno informandoles que el crucero se suspendió por CIRCUNSTANCIA MÉDICA DEL CAPITAN ?????????

3. Indicas que la compañía nos ha ofrecido alternativas, y que según tu opinión, se ajustan a la Ley. Tengo que comunicarte que la alternativa, en nuestro caso NO se ajustaba a lo que Yo había contratado y pagado.

4. Dices que se están realizando los reembolsos. En mi caso a fecha de hoy la compañía no nos ha reebolsado nada, (a pesar de haberlo solicitado el 13.08.10), y NO se ha puesto nadie en contacto con nosotros, a pesar de haberlo solicitado.

Aún así insisto respeto tu opinión como Administrador del Sitio.

Lamento si alguien se ha sentido ofendido o perjudicado, por lo aki relatado y expuesto. En mi caso lo único que pretendía era ayudar a las personas perjudicadas en este lamentable suceso, y que a ser posible NO VUELVA A SUCEDER SOBRE TODO EN LAS CIRCUNSTANCIAS RELATADAS.....

De todas formas como siempre

1 BESIN PAAA TOOOSSS!

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16 Ago 2010 21:31 - 16 Ago 2010 23:45 #1276441 por JavierGr
Respuesta de JavierGr sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
En estos casos no cabe la resignación, porque con ello el consumidor se hace complice con el empresario, quien debe tener su barco en perfecto estado de funcionamiento, con el correspondiente mantenimiento. La ley de consumidores trata de proteger al consumidor, concediéndoles el derecho a ser indemnizados por diferentes conceptos: además de unos porcentajes, los perjuicios causados que sean demostrables, como los traslados, alojamientos, etc, y también los daños morales que derivan de unas vacaciones arruinadas.

Existen numerosas sentencias de Audiencias Provinciales en las que queda claro que la avería de un motor en un crucero no es fuerza mayor. Por ejemplo AP Valencia (Sección 11ª), sentencia núm. 605/2002 de 27 diciembre; AP Sevilla (Sección 8ª), sentencia núm. 27/2003 de 20 enero; AP Madrid (Sección 9ª), sentencia núm. 250/2004 de 23 abril; AP Madrid (Sección 21ª), sentencia núm. 211/2008 de 20 mayo.

Un sáludo y ánimo a los perjudicados (tanto los que no han podido hacer la escala de Gibraltar como los que no han podido embarcar).
Adjuntos:

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16 Ago 2010 21:42 - 16 Ago 2010 21:43 #1276448 por admin
Respuesta de admin sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
ESMARNA, que está muy bien que trabajes en un buffet PENAL, pero, leete la legislación CIVIL sobre viajes antes de seguir "el caso", no?

159. Resolución del contrato por causa imputable al organizador o cancelación del viaje.

1. En el supuesto de que el consumidor y usuario opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en el apartado 2 del artículo anterior, o de que el organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor y usuario, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior siempre que el organizador o detallista pueda proponérselo.
En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el organizador o el detallista deberán rembolsar al consumidor y usuario, cuando proceda en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.
En todo caso, el consumidor y usuario podrá exigir el reintegro de las cantidades desembolsadas al empresario al que se las abonó, que deberá reintegrárselas en los plazos y condiciones previstas en el artículo 76. El cómputo del plazo, en este caso, se iniciará desde la notificación del consumidor y usuario de su opción por la resolución o desde que se produjeran las circunstancias determinantes de la cancelación.

76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en el plazo máximo de 30 días desde el desistimiento. Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad. Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.

Tienes toda la legislación aqui:
www.aedave.es/informacion-legislativa.shtm

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16 Ago 2010 21:55 #1276455 por admin
Respuesta de admin sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
wow!! JavierGR, alucinante sentencia!! en el capitulo SEPTIMO el juez "con un par", juzga que un barco de 38.000 toneladas puede superar cualquier temporal! será marino mercante este juez o habrá solicitado un peritaje que no veo que aparezca? :laugh: hasta yo que soy un simple Patrón de Embarcaciones de Recreo se que el mar es mas fuerte que cualquier barco, y que cuando hay un temporal no se navega, solo se capea (es decir, casi no avanzas, mas bien dejas que el temporal pase)

A ver.. no se si se recurriría esa sentencia o no, felicidades a quienes la ganaron (y que esperaban un crucero de lujo en el añejo Rembrandt jeje, muchas veces los jueces se ponen de parte de la victima y no hay nada que hacer. Un juicio nunca asegura nada, puedes tener razón y quitartela el juez o viceversa. El que quiera denunciar a Pullmantur que lo denuncie, pero estadisticamente, hay pocas posibilidades de ganar. Denuncias como la que aportas, de cruceros cancelados, aviones averiados, etc.. hay muchas, contra Pullmantur y contra otras navieras. Denuncias ganadas, se cuentan con los dedos, depende del día que tenga el juez.

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16 Ago 2010 21:59 #1276459 por ESMARNA
Respuesta de ESMARNA sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
ADMINISTRADOR:

Si es cierto trabajo en un BUFETE de Abogados NO BUFFET, que es algo claramente diferente.

2 Yo no me tengo que leer ningún tipo de ley, porque NO SOY ABOGADA. Para eso esta mi superior que si es el Abogado. Y yo me remito a lo que el me indica.

3. Que según tu opinión, está equivocado. Lamento profundamente no compartir esa opinión contigo. Yo confio mucho en un profesional que está todos los días viendo todo tipo de casos judiciales. Que a lo mejor está equivocado.... Pues a lo mejor pero correré el riesgo.

4. Insisto NO quiero levantar ningún tipo de polémica. Creo que en mi anterior mensaje he pedido DISCULPAS A LAS PERSONAS (SOBRE TODO AL ADMINISTRADOR DEL SITIO), SI ALGUIEN SE HA SENTIDO OFENDIDO O PERJUDICADO.

5. Si no ha quedado suficientemente claro.... INSISTO SOLO QUERIA AYUDAR, Y PIDO DISCUPAS POR SI ALGUN TIPO DE COMENTARIO HA SIDO OFENSIVO O INJURIOSO PARA ALGUIEN.

Como siempre

1 Besin paa tooosss!!! (incluido el administrador)

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16 Ago 2010 22:08 #1276467 por cscn
Respuesta de cscn sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
NO SE DE CUANTOS MOTORES DISPONE UN BARCO NI DE CUANTOS MECANICOS ES MAS NO ME IMPORTA.CAUSA MAYOR:UN RAYO JODE EL RADAR,UNA TORMENTA DAÑA EL PUENTE DE MANDO ETC ETC PERO UN MAL MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES O UNA AVERIA DEL MOTOR (QUE SEGURO NO HA SIDO DEL AGRADO DE LA NAVIERA) NO QUIERE DECIR QUE ELLOS NO SEAN LOS UNICOS RESPONSABLES.SIMPLEMENTE RECORDAR QUE EL BARCO NO ES MIO POR LO QUE YO NO TENGO LA CULPA DE NADA Sr ADMINISTRADOR PULLMANTUR NO SABE QUIEN SOY SE HAN LIMITADO HA DEVOLVERME EL DINERO.ES MAS ME LO HAN DEVUELTO POR QUE NO LO TENIAN ELLOS SI NO LA MINORISTA QUE SI NO ME GUSTARIA VER QUE PASABA
UN SALUDO

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16 Ago 2010 22:30 #1276482 por noeliapv
Respuesta de noeliapv sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
Yo ya he puesto una denuncia en la Guardia Civil y una reclamación en PULMAN y no entiendo los comentarios del ADM, seguro que nunca has estado en nuestro lugar o trabajas en PULLMANTUR, como tengo telefonos de varios afectados seguro que podemos ponernos de acuerdo para presentar un demanda conjunta aunque intenen impedirlo.

NONO21, CARMEN ... hablamos

PACO

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16 Ago 2010 22:39 #1276497 por cscn
Respuesta de cscn sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
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para lo que haga falta

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16 Ago 2010 23:26 #1276571 por admin
Respuesta de admin sobre el tema Re:AFECTADOS PACIFIC DREAM
ESMARNA, mi intención es la misma que la tuya, ayudar. No me ofende ningún tipo de comentario, solo intento poner las cosas en su sitio porque en InfoCruceros ya hemos visto unas cuantas anulaciones como esta. Tampoco intento "impedir" (ni tengo capacidad alguna) que se pongan denuncias a Pullmantur. Habrá denuncias, y dentro de 2 o 3 años veremos si merecieron la pena o no.

cscn, la minorista te ha devuelto el dinero porque tiene por ley responsabilidad solidaria con la mayorista.

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