buenas RAPU no es exactamente como lo explicas, voy a intentar aclararos el funcionamiento: El tema de los límites funciona de distinto modo dependiendo de si son tarjetas de débito (es decir, si se te carga lo dispuesto según lo utilizas), o si son de crédito. Los dos tipos tienen limitado el límite máximo DIARIO en cajeros automáticos (normalmente por seguridad), sin embargo, las tarjetas de débito suelen tener un límite máximo de compra tanto mensual, como diario, es decir, si tienes el límite de 1.200 puedes ir realizando compras en comercios durante todo el mes hasta que llegues a los 1200, pero también puedes hacer una sóla compra de 1.200, y ya no poder utilizarla más en comercios hasta el mes que viene. Sin embargo, para las tarjetas de crédito el funcionamiento es distinto, partes de un límite de crédito mensual, que vas disponiendo como quieras, también hay otro límite que se llama adicional, que puede cubrir excesos del mensual a crédito, y que te cargarán inmediatamente, es decir, si tienes un límite de crédito de 1000 euros y un adicional de 300, puedes hacer un pago o varios que sumen 1250 por ejemplo, los 1000 euros te los cargarán a fin de mes o a primeros, según liquide tu Entidad Bancaria, y los 250 te los cargarán inmediatamente. Aún te quedarán 50 euros que podrás usar, pero teniendo en cuenta que te los cargarán según los uses. Una vez agotados los 2 límites, a esperar al mes que viene, salvo que solicites ampliación de los límites. Sobre la facilidad o rapidez conque las Entidades aumentamos los límites, PES, no es tan fácil, daros cuenta que se trata de pequeños créditos, y no todo el mundo tiene capacidad de pago para atender cualquier cantidad. Lo normal es que la Entidad estudie tu caso, y proponga la ampliación, existen unos límites standar que cada entidad consideran para clientes normales, y todo lo que sea subir esos límites tiene que estudiarse. Sobre la rapidez, puede tardar de 24 a 48 horas desde que la Entidad lo comunica a VISA o a la red de la tarjeta, excepto en las de débito que funciona sobre la marcha.
Bueno, al tema, sobre la retención en el barco, lo he comentado con mis Servicios Centrales, y efectivamente se trata de una retención de saldo provisional, es decir, ellos se aseguran que tendrán disponible una parte del saldo de tu tarjeta, para que cuando tramiten el cargo real, no les sea rechazada la operación, lo que significa que durante un plazo determinado (en mi Entidad son 8 días) el disponible de la tarjeta se rebaja a efectos de otras disposiciones en los 900€, pero no te hacen ningún cargo hasta el final, en el que te imputarán el importe que realmente hayas gastado y a la vez, pasados esos días, el límite se restablece.
Bueno, espero que os haya servido para algo mi parafernalia, siempre entendiendo que puede haber variaciones según las Entidades pero que parece que es un criterio más o menos general.
Bueno, ya me quedan 3 días para saberlo en mis propias carnes. Yo desde luego, me he ampliado el límite.........
saludos